DECLARACIÓN SOBRE PRÁCTICAS NO RESTRICTIVAS DE LA COMPETENCIA
Para la FIHP y ASOCEM es de la mayor importancia cumplir las disposiciones legales que prohíben las prácticas restrictivas de la competencia. Quienes participan en las reuniones y eventos de la FIHP Y ASOCEM deben conocer las regulaciones en cada uno de sus países y están obligados a cumplirlas. En consecuencia, deben abstenerse de propiciar discusiones que puedan llevar a la infracción de dichas regulaciones. Específicamente, en las reuniones de la FIHP Y ASOCEM está prohibido discutir acuerdos de precios o de producción e intercambiar información comercial para restringir la competencia. Toda persona que participe en una reunión de la FIHP Y ASOCEM está obligada a cumplir las disposiciones legales sobre esta materia, evitando que las discusiones deriven hacia temas que la ley prohíbe. La persona que advierta un posible incumplimiento de la legislación que rige la materia, debe ponerlo en conocimiento inmediato de los demás asistentes. En caso de existir duda al respecto, la discusión será suspendida y solo se reanudará cuando se tenga certeza sobre su legalidad.
La información de los eventos acá presentada está sujeta a cambios sin previo aviso. Los eventos organizados con participación de la Federación Iberoamericana del Hormigón Premezclado, son de carácter meramente académico y pretenden ilustrar sobre el estado de la región con base en información de fuentes que se consideran confiables y en estimaciones hechas por los autores de las presentaciones de acuerdo a su criterio. Por lo tanto, la FIHP no se hace responsable por el indebido uso de la información presentada y solicita abstenerse de utilizarla con cualquier fin diferente al estrictamente académico.